Por alusiones:
1.) disculparme porque no es el DOE del 5 de Diciembre, sino del 4 de Diciembre
2.) El punto 4 dice: "Cuarto. Nombramiento como personal funcionario de carrera.
El nombramiento como personal funcionario de carrera de las personas que resulten aptas en
la fase de prácticas será el 31 de diciembre de 2024, en cumplimiento de la disposición tran-
sitoria primera de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público.
Las personas seleccionadas que no puedan completar el periodo de prácticas antes del 20
de diciembre de 2024, por estar disfrutando de un...
(continúa)
Por alusiones:
1.) disculparme porque no es el DOE del 5 de Diciembre, sino del 4 de Diciembre
2.) El punto 4 dice: "Cuarto. Nombramiento como personal funcionario de carrera.
El nombramiento como personal funcionario de carrera de las personas que resulten aptas en
la fase de prácticas será el 31 de diciembre de 2024, en cumplimiento de la disposición tran-
sitoria primera de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público.
Las personas seleccionadas que no puedan completar el periodo de prácticas antes del 20
de diciembre de 2024, por estar disfrutando de un permiso por maternidad, paternidad,
adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento, temporal o permanente, o bien por
encontrarse en situación de incapacidad temporal relacionada con el embarazo o la lactancia
natural, así como por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección Ge-
neral de Personal Docente, podrán continuarlas durante el curso escolar 2024/2025. En caso
de no poder finalizarlas en dicho curso, podrán realizarlas en el curso siguiente. En cualquiera
de estos supuestos, el nombramiento como personal funcionario de carrera será efectivo el
31 de diciembre de 2024, en caso de haber sido calificada la persona como apta en la fase
de prácticas.
Fuera de los casos contemplados en el apartado anterior, las personas seleccionadas que
no superen este periodo de prácticas realizarán las mismas durante el siguiente curso
escolar, ocupando el número de orden siguiente al de la última persona seleccionada ensu especialidad, siendo las condiciones de superación de la fase de prácticas, así como la
fecha del nombramiento como personal funcionario de carrera, las que se determinen en la
Resolución por la que se regule la fase de prácticas del curso escolar en el que se desempeñe
por segunda vez".
Disculpad por el corta y pega. Si para alguien "manipular" es cortar y pegar de la orden, entonces soy culpable. En ningún momento he dicho que no se nos vaya a nombrar hoy; lo que sí he dicho es que la orden no dice, en ningún momento (podéis releerla) que vaya a PUBLICARSE en el DOE el 31. Si lo hace, genial. Y, como puedes ver, no necesito que nadie me haga los deberes. Salud y suerte.
Profe: (31/12/2024 10:08)
Matemático plácido tiene toda la razón. Quien dijo que el 31 de diciembre se publicaría vuestro nombramiento en el DOE os mintió. Cuando se publique (puede ser en febrero, marzo, abril, etc.) se os reconocerá como funcionarios de carrera desde el 31 de diciembre. Y después tendrá que publicarse en el BOE. Entonces ya sí será completamente oficial que sois funcionarios de carrera. Todo se publica con carácter retroactivo.