Efectivamente. El que piense que por estar a media jornada te corresponde la mitad, ha hecho una interpretación de la norma sin haberla leídos. Simplemente han relacionado media (jornada) con mitad (de tiempo). Una media jornada de curso completo tiene los mimos días de asuntos particulares: 3 + 1, porque el profe de media jornada cuando falta esos días lo hace con las horas correspondiente a la media jornada; es decir, que si un profe con jornada completa falta el lunes y el lunes tiene 5 horas de clase, pues falta 5 horas, y si un profesor de media jornada falta el lunes y el lunes tiene 2 horas de clase, pues falta 2 horas. Todo en...
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Efectivamente. El que piense que por estar a media jornada te corresponde la mitad, ha hecho una interpretación de la norma sin haberla leídos. Simplemente han relacionado media (jornada) con mitad (de tiempo). Una media jornada de curso completo tiene los mimos días de asuntos particulares: 3 + 1, porque el profe de media jornada cuando falta esos días lo hace con las horas correspondiente a la media jornada; es decir, que si un profe con jornada completa falta el lunes y el lunes tiene 5 horas de clase, pues falta 5 horas, y si un profesor de media jornada falta el lunes y el lunes tiene 2 horas de clase, pues falta 2 horas. Todo en orden, todo normal. Otra cosas es que no tengas contrato de curso completo, en ese caso la orden de permisos establece una proporcionalidad. Si se lee la norma, bien leída, no haría falta hacer esta explicación.