Buenos días: tu consulta viene recogida en el art. 19 del Decreto de Interinos -Medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral-, que paso a copiar.1. En el caso de que las personas aspirantes no pudiesen incorporarse a la plaza adjudicada por estar en situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento se añadirá a los únicos efectos de los méritos de experiencia docente previa y de realización de funciones consideradas como de difícil desempeño, previstos, respectivamente, en el apartado I y en el subapartado 3.5 del anexo del presente decreto, el periodo de tiempo comprendido desde que se realizó su...
(continúa)
Buenos días: tu consulta viene recogida en el art. 19 del Decreto de Interinos -Medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral-, que paso a copiar.1. En el caso de que las personas aspirantes no pudiesen incorporarse a la plaza adjudicada por estar en situación de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento se añadirá a los únicos efectos de los méritos de experiencia docente previa y de realización de funciones consideradas como de difícil desempeño, previstos, respectivamente, en el apartado I y en el subapartado 3.5 del anexo del presente decreto, el periodo de tiempo comprendido desde que se realizó su llamamiento hasta su efectiva toma de posesión. Asimismo se le reservará dicha plaza hasta su incorporación, sin perjuicio del límite temporal establecido en el artículo 16. Saludos.