Buenas noches, esas pruebas extraordinarias por las que pregunta, son las nuevas que surgen con la LOMLOE, no las pruebas libres.
Se llaman pruebas extraordinarias y son para el alumnado que se va de 4ºESO sin titular y que ya no puede repetir por superar los límites de edad. A dichas pruebas puede presentarse el alumnado que se encuentre en la situación que acabo de comentar y solo puede presentarse los dos cursos siguientes al año de finalización (por ejemplo si se va este curso sin el título y ya ha cumplido el limite de edad, podrá presentarse a las pruebas el curso 24/25 y 25/26). El plazo de solicitud de estas pruebas será...
(continúa)
Buenas noches, esas pruebas extraordinarias por las que pregunta, son las nuevas que surgen con la LOMLOE, no las pruebas libres.
Se llaman pruebas extraordinarias y son para el alumnado que se va de 4ºESO sin titular y que ya no puede repetir por superar los límites de edad. A dichas pruebas puede presentarse el alumnado que se encuentre en la situación que acabo de comentar y solo puede presentarse los dos cursos siguientes al año de finalización (por ejemplo si se va este curso sin el título y ya ha cumplido el limite de edad, podrá presentarse a las pruebas el curso 24/25 y 25/26). El plazo de solicitud de estas pruebas será publicado por los centros en la primera quincena de marzo, y el examen/actividades será realizado en la segunda quincena de mayo. El alumno deberá echar la solicitud en el último centro en el que estuvo escolarizado y solicitar examinarse de las materias que tuviera pendientes de cuando hizo 4º, ¿quién elabora el examen? pues los profes de los departamentos de las materias de las que solicite evaluarse, además también tendrán que corregir las pruebas y llevar a cabo una "sesión de evaluación extraordinaria" para estos casos, luego se les indica la nota de manera individual a cada alumno.
Como dato: el alumno puede presentarse el primer año y si suspende puede volver a probar suerte el segundo año. También puede decidir no presentarse el primer año y sí el segundo (no es excluyente); quien se presente no debe estar apuntado de manera oficial para la obtención de título de ESO en ningún otro sitio (por ejemplo: escuela de adultos).
Es cierto que en Extremadura aún no están reguladas, es decir, no ha salido la Orden, pero también es cierto que esta próxima a salir ya que el borrador se encuentra publicado en el portal de transparencia, y teniendo en cuenta que pone que los centros deberán abrir plazo de solicitud la primera quincena de marzo.....debe estar al caer.
Un saludo.
Otro: (22/02/2024 23:34)
Iba a decir que pronto regalamos el título, pero me ahorro lo de "pronto" por que ya lo estamos haciendo o, más bien, nos lo están imponiendo.