Yo también copio y pego: Los empleados públicos tendrán que declarar la subida salarial del 0,5% ligada al avance del PIB y con cargo al pasado ejercicio en la declaración de la renta de 2024, que se presentará en la primavera de 2025. Según explica la Agencia Tributaria en su página web, los atrasos recibidos por este concepto, que los funcionarios del Estado cobraron en la nómina de febrero, se tienen que im####r en "el periodo impositivo en que sean exigibles por su perceptor". En este caso, son exigibles en el periodo impositivo de 2024, es decir, que "en ningún caso deberán incluirse en la declaración de IRPF del ejercicio 2023", cuyo plazo de presentación de liquidaciones comienza el próximo 3 de abril.
Según esto, ahora no tenemos que hacer nada.
José: (02/04/2024 10:52)
Gracias. Parece ser que la Agencia Tributaria ha sacado una nota aclarando este particular. Es de agradecer.
Interino: (02/04/2024 11:11)
Aclarado, gracias.