Buenas tardes. Hoy se ha incorporado la persona a la que sustituía y me salen 286 días trabajados del el 01/09/2024 hasta el 30/06/2025 y he recibido sms de Baja en la SS.
Según el Decreto 122/2012 de 29 de junio, por el que se regula el régimen aplicable al profesorado interino perteneciente a los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no presten servicios durante la totalidad del curso escolar en su Artículo 2. Profesorado interino que no preste servicios durante la totalidad del curso escolar.
1. El profesorado interino que no preste servicios durante la totalidad del curso escolar, se...
(continúa)
Buenas tardes. Hoy se ha incorporado la persona a la que sustituía y me salen 286 días trabajados del el 01/09/2024 hasta el 30/06/2025 y he recibido sms de Baja en la SS.
Según el Decreto 122/2012 de 29 de junio, por el que se regula el régimen aplicable al profesorado interino perteneciente a los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no presten servicios durante la totalidad del curso escolar en su Artículo 2. Profesorado interino que no preste servicios durante la totalidad del curso escolar.
1. El profesorado interino que no preste servicios durante la totalidad del curso escolar, se entenderá a todos los efectos que continúa prestando los mismos durante los meses de julio y agosto, exclusivamente cuando haya prestado servicios, al menos, durante 280 días, continuos o discontinuos, en el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de junio de cada curso escolar, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mis dudas son 2:
1.- ¿Tengo derecho a cobrar el verano al haber trabajado más de 280 días?
2.- ¿Por qué me dan de baja en la SS?
Muchas gracias
Profedos: (30/06/2025 14:10)
Creo que darte de baja (sustitución) no implica que no vayas a cobrar el verano, pero asegúrate
Yomismo: (01/07/2025 15:44)
Desde el 1/9/24 hasta el 30/6/25 salen 303 días trabajados.