Buenas tardes: las causas, MAESTRA, vienen recogidas en el Art. 11 punto 2 de la ORDEN de 19 de agosto de 2022 por la que se regula el régimen de permisos del personal docente. A efectos de este permiso se entiende por deber inexcusable de carácter público o personal: a) Comparecencia obligatoria por citaciones instadas por órganos judiciales, comisarías o cualquier otro organismo oficial. b) Cumplimiento de deberes ciudadanos derivados de un proceso electoral. c) Asistencia a reuniones de los órganos de gobierno y comisiones dependientes de éstos cuando deriven estrictamente del cargo electivo de concejala o concejal, di####da o...
(continúa)
Buenas tardes: las causas, MAESTRA, vienen recogidas en el Art. 11 punto 2 de la ORDEN de 19 de agosto de 2022 por la que se regula el régimen de permisos del personal docente. A efectos de este permiso se entiende por deber inexcusable de carácter público o personal: a) Comparecencia obligatoria por citaciones instadas por órganos judiciales, comisarías o cualquier otro organismo oficial. b) Cumplimiento de deberes ciudadanos derivados de un proceso electoral. c) Asistencia a reuniones de los órganos de gobierno y comisiones dependientes de éstos cuando deriven estrictamente del cargo electivo de concejala o concejal, di####da o di####do, así como senadora o senador. d) Asistencia a sesiones como integrante de tribunal de selección o provisión, con nombramiento de la autoridad competente. f) Asistencia a reuniones de las comisiones de las pruebas de acceso a la universidad o
análogas. g) Obligaciones cuyo incumplimiento genere a la persona interesada una responsabilidad
de orden civil, penal o administrativa. h) El empleo del tiempo necesario para hacer una donación de sangre, médula o plaquetas,de acuerdo con lo dispuesto en la Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión. i) Asistencia de los deportistas de alto rendimiento a asistir a las competiciones de carácterinternacional, así como, las concentraciones preparatorias de las mismas de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1/2013, de 8 de enero, por el que se regula la calificación de los deportistas, entrenadores y árbitros extremeños de alto rendimiento, y los beneficiosque para éstos establezca la Administración Autonómica. j) Asistencia a reuniones convocadas por la Consejería con competencias en educación opor las Delegaciones Provinciales.