La Consejería
                  de Hacienda y Administración Pública se desvanece,
                  se desdibuja, pierde la esencia aquella que se le presupone
                  al gobierno que representa; la que en otro tiempo enalteció,
                  según decían, su historia. El 20 junio asistimos,
                  con incredulidad renovada, a un capítulo más de
                  su deriva: la postración ante el lobby religioso, la
                  genuflexión ante sus demandas ungidos, quizá,
                  con el aceite milagroso que los distingue como colaboradores
                  necesarios para alcanzar el objetivo altísimo de predicar
                  la palabra allí donde las mentes tiernas, con autorización
                  paternal, son preparadas para abrirse al «misterio».
 La Consejería
                  Administración Pública deberá cargar con
                  la culpa de que los docentes laborales de religión puedan
                  ser tutores de grupos de ESO o de Bachillerato para compensar
                  la carga horaria que han perdido, con respecto a cursos pretéritos.
                  Perpetradores también de este disparate, coparticipes
                  fatales, son todos los que aprobaron esta medida delirante en
                  la Mesa General de Función Pública. Todos juntos,
                  en un contubernio premeditado, como una Santa Compaña
                  que avanzara arrasando a su paso cualquier resistencia al pacto.
 El pasado
                  se nos revela presente con una intensidad que da pánico.
                  Ese olor añejo que sigue alojado en muchos ministerios,
                  consejerías y diputaciones y pegado todavía a
                  las paredes de colegios e institutos, como mezclado con la misma
                  argamasa que lo hace indisoluble a los tiempos del pensamiento
                  libre. Ese olor, digo, arraigado por el atávico legado
                  que inyectado en el mismo ADN, como un sórdido latido
                  interminable, permanece, como si de una maliciosa información
                  genética se tratase, imbricada para siempre en la estructura
                  genética del individuo, impidiendo con ello la espiritualidad
                  libre que anhela cualquier ser consciente.
 Los defensores
                  de esta medida mienten cuando dicen que hay sentencias que avalan
                  esta decisión. Si nos centramos en la sentencia del Tribunal
                  Superior de Canarias dice, por ejemplo, que los profesores de
                  religión que tengan la titulación adecuada y contratados
                  indefinidos, que formen parte del Claustro, tendrán la
                  posibilidad de ocupar un puesto directivo, pero, al no ser funcionario
                  de carrera solo en aquellos centros educativos que por ser de
                  nueva creación o por otras circunstancias no dispongan
                  del profesorado que reúna tal requisito. De modo que
                  es casi imposible que un profesor de religión cumpla
                  con todos los requisitos. En cuanto a la tutoría solo
                  el profesor que más horas imparta al grupo completo podrá
                  ostentarla, y no son profesores de religión los que más
                  horas imparten en un grupo.
 Pero no
                  queda ahí la cosa, también se planea la posibilidad
                  de desdobles en la clase de religión para bajar la ratio
                  y así subir la necesidad de horas; desdobles que podrán,
                  incluso, ser de grupos de 5 alumnos. Un desdoble de lujo que
                  para sí lo quisieran las asignaturas reales; aquellas
                  que enseñan, por ejemplo, a un grupo de 25 alumnos el
                  origen de las especies, mientras en la clase de religión
                  de al lado, con ratio favorecida, aleccionan sobre el pecado
                  original.
 El pretender
                  que el personal laboral de Religión complete su horario
                  con funciones que no le son propias es quitar un espacio a los
                  profesores que han conseguido su plaza como funcionario de carrera
                  o su interinidad bajo los principios constitucionales de igualdad,
                  mérito y capacidad. La preocupación que la Administración
                  parece tener con el colectivo religioso, no la advertimos cuando
                  los profesores de tecnología, filosofía, música…
                  perdían horas, dado que en ningún momento se les
                  compensó con tanta diligencia.
 Vaya por
                  delante que nada tengo contra los profesores de religión.
                  Estoy convencido de que realizan su labor de forma honesta;
                  pero, seamos serios, no pueden asumir tareas que legítimamente
                  deben realizar otros profesores. Siempre he dicho que la Religión
                  debe estar fuera de la escuela, y lo mantengo, pero una solución
                  intermedia para que los profesores de religión pudieran
                  gozar de las horas necesarias de contrato para tener un sueldo
                  digno, podría ser que dichas enseñanzas no estuvieran
                  dentro del horario lectivo: o bien a séptima hora, o
                  bien por la tarde como actividad formativa completaría,
                  porque, en realidad, esa es su verdadera naturaleza.