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«David
vence a Goliat»


15/10/2013 Alfredo Aranda Platero
Vicepresidente del Sindicato PIDE


Una vez más, David vence a Goliat; lo que se está
convirtiendo en una sana costumbre. Después de mucho tiempo
reivindicando el reconocimiento de sexenios para el personal interino
docente, PIDE (Sindicato del Profesorado Extremeño) gana
en los tribunales ese derecho y, finalmente, será normalizado
una vez que la Administración ha aceptado su derrota judicial
y asume el pago de oficio, con un año de retroactividad,
del complemento de formación. Acogemos con satisfacción
esta decisión; no obstante los interinos que tengan suficiente
antigüedad acumulada (la mayoría ha iniciado el procedimiento
con nosotros) que esté bajo el procedimiento incoado por
PIDE no renunciarán a la mayor retroactividad reconocida
por el Supremo y que ya se ha empezado, además, a hacer
efectiva a los primeros interinos que iniciaron la andadura (el
resto irán ‘cayendo’ en los próximos meses).

El
sindicato PIDE consiguió en junio de 2011 dos sentencias
favorables al reconocimiento de sexenios con una retroactividad
de 5 años en el Tribunal de lo Contencioso nº 1 de
Mérida. Contra dichas sentencias no cabía recurso
alguno, pero la Junta de Extremadura presentó en el Tribunal
Supremo el 14 de octubre de 2011 recurso de casación en
interés de Ley contra la sentencia favorable de PIDE nº
00203/2011. A su vez, PIDE, el 22 de octubre de 2012, ganó
el recurso de casación en interés de Ley (número
de registro 5303/2001) ante la sección séptima de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo
en Madrid, instancia judicial que dio la razón en todo
a PIDE.

El sindicato PIDE ganó la primera sentencia estimada (después
vendrías otras) del cobro de sexenios a interinos en el
Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Mérida,
a favor de Dña. Lourdes Fernández López ,
el 1 de julio del 2011. Dicha sentencia fue recurrida ante el
Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección
séptima de Madrid por la Junta de Extremadura, que se negaba
al pago de la misma y al de los docentes interinos que solicitaron
su extensión. Dicha apelación fue desestimada por
el Tribunal Supremo el día 22 de noviembre de 2012, ratificando
lo conseguido por PIDE en sus sentencias ganadas en los Tribunales
de lo Contencioso Administrativo de Extremadura (este logro judicial
afecta tanto a los interinos extremeños como a los del
resto del Estado, por lo que este éxito es de enormes proporciones).

LA SENTENCIA del Supremo obliga a la Junta de Extremadura a pagar
los sexenios, con una retroactividad de 5 años, a los interinos
extremeños que han reclamado la extensión de sentencia
en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Mérida
y a todos aquellos docentes interinos de Extremadura que lo reclamen
a partir de ahora, condenando a la Junta de Extremadura a pagar
las costas correspondientes a cada sentencia. Esta imposición
judicial es la que ha provocado que la Junta de Extremadura haga
un anuncio público, del que nos alegramos, de asunción
del pago de sexenios al personal interino pero con un sólo
año de retroactividad. Esta formula es idónea para
una parte de docentes interinos que no tienen suficiente antigüedad,
el resto de interinos que mayoritariamente ha iniciado el procedimiento
judicial con PIDE y que sí tienen antigüedad para
acogerse a la retroactividad reconocida por el Supremo seguirán
con el procedimiento judicial hasta cobrar los atrasos. De hecho
ya han empezado a pagar dichos atrasos a una parte de los interinos
demandantes y el resto se irá solventando en las próximas
semanas.

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