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«Cargar
con la culpa
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18/10/2018 Alfredo Aranda Platero
Vicepresidente del Sindicato PIDE

La Consejería
de Hacienda y Administración Pública se desvanece,
se desdibuja, pierde la esencia aquella que se le presupone
al gobierno que representa; la que en otro tiempo enalteció,
según decían, su historia. El 20 junio asistimos,
con incredulidad renovada, a un capítulo más de
su deriva: la postración ante el lobby religioso, la
genuflexión ante sus demandas ungidos, quizá,
con el aceite milagroso que los distingue como colaboradores
necesarios para alcanzar el objetivo altísimo de predicar
la palabra allí donde las mentes tiernas, con autorización
paternal, son preparadas para abrirse al «misterio».

La Consejería
Administración Pública deberá cargar con
la culpa de que los docentes laborales de religión puedan
ser tutores de grupos de ESO o de Bachillerato para compensar
la carga horaria que han perdido, con respecto a cursos pretéritos.
Perpetradores también de este disparate, coparticipes
fatales, son todos los que aprobaron esta medida delirante en
la Mesa General de Función Pública. Todos juntos,
en un contubernio premeditado, como una Santa Compaña
que avanzara arrasando a su paso cualquier resistencia al pacto.

El pasado
se nos revela presente con una intensidad que da pánico.
Ese olor añejo que sigue alojado en muchos ministerios,
consejerías y diputaciones y pegado todavía a
las paredes de colegios e institutos, como mezclado con la misma
argamasa que lo hace indisoluble a los tiempos del pensamiento
libre. Ese olor, digo, arraigado por el atávico legado
que inyectado en el mismo ADN, como un sórdido latido
interminable, permanece, como si de una maliciosa información
genética se tratase, imbricada para siempre en la estructura
genética del individuo, impidiendo con ello la espiritualidad
libre que anhela cualquier ser consciente.

Los defensores
de esta medida mienten cuando dicen que hay sentencias que avalan
esta decisión. Si nos centramos en la sentencia del Tribunal
Superior de Canarias dice, por ejemplo, que los profesores de
religión que tengan la titulación adecuada y contratados
indefinidos, que formen parte del Claustro, tendrán la
posibilidad de ocupar un puesto directivo, pero, al no ser funcionario
de carrera solo en aquellos centros educativos que por ser de
nueva creación o por otras circunstancias no dispongan
del profesorado que reúna tal requisito. De modo que
es casi imposible que un profesor de religión cumpla
con todos los requisitos. En cuanto a la tutoría solo
el profesor que más horas imparta al grupo completo podrá
ostentarla, y no son profesores de religión los que más
horas imparten en un grupo.

Pero no
queda ahí la cosa, también se planea la posibilidad
de desdobles en la clase de religión para bajar la ratio
y así subir la necesidad de horas; desdobles que podrán,
incluso, ser de grupos de 5 alumnos. Un desdoble de lujo que
para sí lo quisieran las asignaturas reales; aquellas
que enseñan, por ejemplo, a un grupo de 25 alumnos el
origen de las especies, mientras en la clase de religión
de al lado, con ratio favorecida, aleccionan sobre el pecado
original.

El pretender
que el personal laboral de Religión complete su horario
con funciones que no le son propias es quitar un espacio a los
profesores que han conseguido su plaza como funcionario de carrera
o su interinidad bajo los principios constitucionales de igualdad,
mérito y capacidad. La preocupación que la Administración
parece tener con el colectivo religioso, no la advertimos cuando
los profesores de tecnología, filosofía, música…
perdían horas, dado que en ningún momento se les
compensó con tanta diligencia.

Vaya por
delante que nada tengo contra los profesores de religión.
Estoy convencido de que realizan su labor de forma honesta;
pero, seamos serios, no pueden asumir tareas que legítimamente
deben realizar otros profesores. Siempre he dicho que la Religión
debe estar fuera de la escuela, y lo mantengo, pero una solución
intermedia para que los profesores de religión pudieran
gozar de las horas necesarias de contrato para tener un sueldo
digno, podría ser que dichas enseñanzas no estuvieran
dentro del horario lectivo: o bien a séptima hora, o
bien por la tarde como actividad formativa completaría,
porque, en realidad, esa es su verdadera naturaleza.